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5 Mayo 2007

Hasta fin de existencias y salvo error tipográfico

Elisa García

Las expresiones que dan título a este artículo son ejemplos de cláusulas abusivas por omisión de datos fundamentales. La publicidad que incluya estas fórmulas es publicidad engañosa, por lo tanto ilícita, y por lo tanto ilegal según la Ley General de Publicidad de 1988.

Los anunciantes no pueden emplear este tipo de mensajes sin indicar las condiciones concretas de la promesa, que aclaren al receptor en qué medida puede o no beneficiarse de la oferta: en estos dos ejemplos el consumidor no conoce el número de existencias y sólo el anunciante puede saber si se trata o no de un error tipográfico.

Al contrario de lo que algunos puedan creer, la ilegalidad de estos mensajes no se limita a la teoría. De lo que se trata es de que denunciemos, de que no dejemos pasar la ocasión de impedir que nos engañen.

Autocontrol ha resuelto en este sentido numerosas reclamaciones. A continuación mostramos algunos ejemplos curiosos y que merece la pena conocer, porque realmente todos tenemos la posibilidad de denunciar (con todas las de ganar) ante casos como estos:

Más allá de la rectificación, hay casos en los que la empresa anunciante debe compensar al consumidor, si ha podido provocar un perjuicio en su comportamiento económico:

  • La inglesa Hoover ofreció, en 1992, dos viajes de ida y vuelta a Europa o a los Estados Unidos al comprar una lavadorao una aspiradora por valor superior a 100 libras. La estrategia era disuadir a los consumidores con la letra pequeña sobre las fechas disponibles y la elección del hotel, para así afrontar el gasto de los billetes una vez que el mercado de los electrodomésticos se hubiese recuperado. Sin embargo, 200.000 solicitudes en 6 meses de personas que habían gastado 120 libras y querían un premio de 500, desbordaron los 6.000 billetes reservados por Hoover. La obligación de cumplir con lo publicitado costó a la empresa 48 millones de libras (inicialmente sólo se habían reservado 1,5) más indemnizaciones por las molestias causadas a los consumidores que ganaron sus juicios.

Y es que la publicidad es un contrato. Lo que se publica y se utiliza para captar clientes se ha de cumplir, porque de lo contrario es publicidad ilícita por engañosa (ilegal).

Se trata de que los consumidores exijan sus derechos. ¿Cómo? Pues denunciando, si es que nosotras no nos cansaremos de decirlo…

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1 comentario · Escribe aquí tu comentario

Jorge

Jorge dijo

Con respecto a lo de "fin de existencias", un fabricante tiene disponibles las unidades que quiera, pero una tienda no, y más aún si es pequeña. Una oferta puede estar sujeta a un stock disponible en la propia tienda, y si se vende antes de la fecha de fin de folleto, pues no hay más.

Lo del libro de la carne de vacuno..., en fin, quien sabe la acogida que puede tener una cosa así. Seguramente, dicha empresa se comiera con patatas muchos de los libros por falta de interés de los propios consumidores, pero lógicamente se hace una tirada determinada, con un presupuesto determinado para dicha acción. Engaño? Creo que no.

Y por último, "salvo error tipográfico":
Las empresas, normalmente en sus folletos y webs, intentan no cometer errores. Pero no son ellos mismos los que hacen esos trabajos, es algo que hacen empresas externas, y pasa por muchas manos. Aunque seguro se revisan mil veces, errar es de humanos, y hay que tener muy mala leche para pensar que un scooter a 12,90€ es una oferta reclamo.
A un Carrefour o a una Mercedes, seguramente, no le afecte en exceso vender unas cuantas unidades a ese precio. Pero a una empresa pequeña, le puede suponer un problema enorme.

Personalmente, he sido testigo, como se publicaba en un foro un error en un artículo de una web, en este caso concreto era una cámara de fotos. Bueno, el pedido de cámara a ese precio erróneo, que lógicamente todo el mundo sabía erroneo, fue finalmente de cerca de 800 cámaras. En este caso, se trataba de un error de una empresa grande, que no se va a hundir por esto, pero imaginad una tienda pequeña.
Ahora, imagina que tienes un estudio que hace folletos y webs, y esa responsabilidad va a recaer en ti, y el cliente te reclama el importe de la pérdida de esas 1.000 cámaras, a razón de 200€ por cada una.

¿Pondrías o no la frasecita del "error tipográfico"?

Está muy bien querer proteger al consumidor, pero también lo es ser un poco lógicos al hacerlo.

No veo que Autocontrol haga nada para evitar que por ejemplo empresas como la todopoderosa Telefónica, oferten en TV sus Duos a 9€, cuando la oferta real cuadruplica ese precio. ¿Alguien puede leer esa letra pequeña pasando a toda velocidad debajo de cada anuncio de este tipo de empresas? Yo desde luego no.
Esto si es un engaño claro, sin presunción de inocencia, y afecta a miles de personas. Evitarlo, si es un buen trabajo de "control", y no algunas de las chuminadas que he leido en este artículo, que en caso de ser un engaño, cosa por demostrar, afectarían a un número muy limitado de personas.

8 Octubre 2008 | 11:24 PM

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Somos cuatro estudiantes de 5º curso de Periodismo en la UCH-CEU de Elche, una de ellas simultaneando con la Lic. en Publicidad y Relaciones Públicas, en la Universidad de Alicante. Con este blog pretendemos contribuir a la actitud crítica de la sociedad ante los medios de comunicación y los abusos de quienes controlan la información. Proponemos un espacio en el que puedas ayudarnos a sacar a la luz casos de abusos, corrupción, información engañosa, incompleta y demás temas que te parezcan interesantes para compartir con el resto de cibernautas. Envíanos tus sugerencias mediante comentarios en el blog o a la siguiente dirección de correo electrónico: denunciaenunclic[arroba]gmail[punto]com
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